CAPÍTULO IV
De los reintegros al fondo de caja chica
Artículo 14.-Del reintegro al fondo
fijo de caja chica. Los reintegros de efectivo de los fondos fijos de caja
chica se tramitarán a través del SIGM, los cuales serán revisados y autorizados
por la Tesorería Municipal; estos deberán ser remitidos a la Alcaldía para la generación
de la nómina de pago correspondiente, que posteriormente será aprobada por el
Departamento de Contabilidad y Tesorería, emitiendo los reembolsos a cada fondo
de acuerdo con la cuenta bancaria correspondiente.
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