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 Normativa >> Reglamento municipal 182 >> Fecha 23/10/2023 >> Articulo 17
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Normativa - Reglamento municipal 182 - Articulo 17
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Artículo 17
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CAPÍTULO VI

Mecanismos de control

Artículo 17.-De los arqueos a los fondos fijos de caja chica. Se procederá a realizar arqueos, con el propósito de verificar, supervisar y controlar la aplicación de las sanas prácticas de administración. Todo arqueo a los fondos fijos de caja chica se realizará Dirección de Hacienda en forma sorpresiva, mediante formulario preelaborado que deberá contener el nombre, firma y sello de la dependencia correspondiente, en el formulario de arqueo, sin perjuicio de las acciones de la Auditoría Interna.

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