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 Normativa >> Reglamento 1825 >> Fecha 16/02/2024 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento 1825 - Articulo 1
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Artículo 1
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CORREOS DE COSTA RICA S. A.

(Nota de Sinalevi: Sobre este tema Correos de Costa Rica S.A:, había emitido anteriormente el Reglamento de la comisión de contrataciones de Correos de Costa Rica S. A., aprobado en sesión N° 1406 del 13 e setiembre de 2016)

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE CONTRATACIONES

La Junta Directiva de Correos de Costa Rica S. A., de conformidad con las disposiciones y atribuciones establecidas en la Ley de Correos 7768, el acuerdo 10763, tomado en la sesión ordinaria 1825 del 16 de febrero del año 2024 y en observancia y cumplimiento de lo indicado en los artículos 317 y 318 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública 9986, marco normativo vigente y establecido para la contratación pública a partir del 01 de diciembre de 2022; se aprueba el "Reglamento de la Comisión de Contrataciones de Correos de Costa Rica:

CAPÍTULO PRIMERO

SECCIÓN I

De la Comisión de Contrataciones

Artículo 1º-La Comisión de Contrataciones de Correos de Costa Rica S. A., es el Órgano colegiado encargado de conocer, dictar y aprobar la recomendación de las decisiones iniciales y pliegos de condiciones. Además de conocer, analizar, aprobar o rechazar, solicitar modificación de la adjudicación o declarar desierto o infructuoso los Procedimientos de Contratación Pública ordinarios, extraordinarias, especiales y excepcionales según su competencia por rango de acciones, incluyendo también la aprobación de la resolución de las impugnaciones contra el acto de adjudicación y pliego de condiciones y otros propios de su competencia que requieran ser resueltos por dicha Comisión.

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