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 Normativa >> Ley 6873 >> Fecha 17/06/1983 >> Articulo 21
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Normativa - Ley 6873 - Articulo 21
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Artículo 21
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    Vigesimaprimera.- La Dirección General del CATIE será ejercida por el Director General quién será elegido entre los candidatos postulados por la Junta Directiva al Consejo Superior, de acuerdo con lo establecido en las Cláusulas Undécima y Decimoquinta, inciso f). Esta elección se hará por mayoría de dos tercios de sus miembros. Los procesos de definición de requisitos, presentación de candidaturas y determinación de los criterios de selección serán establecidos por la Junta Directiva. El mandato del Director General será de cuatro años y podrá ser reelegido por una única vez para un mandato adicional. Habrá un Subdirector de libre nombramiento y remoción por parte del Director General, quien actuará en los asuntos que el director le delegue y actuará en ausencia de éste.

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