Buscar:
 Normativa >> Ley 6873 >> Fecha 17/06/1983 >> Articulo 31
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 31     >>
Normativa - Ley 6873 - Articulo 31
Ir al final de los resultados
Artículo 31
Versión del artículo: 2  de 2
Anterior

Trigesimaprimera.- El CATIE establecerá su propia auditoría interna. Para ello, creará una unidad de auditoría servida por profesionales de alto nivel, seleccionados por concurso y nombrados por la Junta Directiva. La aprobación de su reglamento se regirá por lo dispuesto en el inciso k) de la Cláusula decimaquinta. De los informes que presente al Director General, se enviará copia a la Junta Directiva.

Los auditores externos del IICA, serán los auditores externos del CATIE.

Ir al inicio de los resultados