CAPÍTULO II
Condiciones
Particulares
El Instituto
Costarricense de Electricidad, que en lo sucesivo se denominará ICE, ICE,
Institución Autónoma de la de la República de Costa Rica, domiciliado en San José
y con cédula jurídica Nº 4-000-042139-02, invita a participar en la (Indicar el
número de proceso de compra) ___________, para la contratación de "......................................................................................................."
1. PRESUPUESTO:
_____ CRC, USD _____ AÑO: _____
2.
FINANCIAMIENTO: ICE O XX
3. APERTURA DE
OFERTAS:
3.1 El
Instituto Costarricense de Electricidad, recibirá ofertas el día y hora establecida
en el Sistema Digital Unificado (SICOP), o en la invitación a participar, en
caso ser en formato de expediente físico.
3.2 Para el
caso de las contrataciones en formato de expediente físico la oferta deberá ser
entregada en sobre cerrado en la Proveeduría del ICE, sita en Sabana Norte, 400
metros norte de la esquina este de las Oficinas Centrales, antes de la hora
señalada para el acto de apertura de ofertas con la siguiente leyenda:
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
(Indicar el
número de proceso de compra)
ADQUISICIÓN DE:
___________________________
4. CONSULTAS
Y ACLARACIONES:
4.1 Las
consultas y aclaraciones relativas a este proceso deberán hacerse utilizando los
siguientes medios:
4.1.1 En el
Sistema Digital Unificado-SICOP cuando se trate de una contratación tramitada
en el sistema.
4.1.2 Para las
contrataciones tramitadas en formato de expediente físico, serán atendidas por
escrito, a través de los funcionarios detallados a continuación:
Nombre y correo
electrónico del AC: ____________________________________
5. VIGENCIA
DE OFERTA:
La vigencia
mínima de las ofertas será de __ días hábiles a partir de la fecha de apertura
de ofertas.
6. PRECIOS:
6.1 Los precios
serán cotizados____ (Se debe incluir en el espacio en blanco: CPT, DAP o DPU
(conforme los INCOTERMS® vigentes. Para el caso del DAP y el riesgo lo asume el
vendedor hasta el lugar designado y el ICE no aportará el seguro.)
Los bienes en plaza (nacionalizados) serán cotizados en Bodegas ICE
Colima de Tibás (se puede seleccionar otros destinos) indicando por separado el
monto del impuestos o tasa aplicables, o bien el lugar señalado en el cartel.
7 TIEMPO DE
ENTREGA O TIEMPO DE INICIO DEL SERVICIO:
7.1 Los bienes
deben ser entregados en un plazo no mayor a __ días hábiles, a partir del día
siguiente hábil de la notificación del pedido de compra o servicio o contrato
electrónico.
7.2 En caso de
servicios, los mismos se iniciarán en un plazo máximo de ______días hábiles a
partir del día siguiente hábil de la notificación del pedido de compra o
servicio, o contrato electrónico y la duración de estos será de______________,
pudiendo prorrogarse por _____________ hasta completar un total de __ años.
8 LUGAR DE
ENTREGA DE LOS BIENES O PRESTACIÓN DEL SERVICIO:
Los bienes
serán entregados en: _________________________________________________.
En caso de
servicios los mismos se brindarán en: __________
9 GARANTÍA
DE PARTICIPACIÓN
9.1 La garantía
de participación será por un monto de: ____ o un porcentaje de ___% del monto
ofertado.
10. GARANTÍA
DE CUMPLIMIENTO:
10.1. La
garantía de cumplimiento será por un monto de: ____ o un porcentaje del _____%
del valor total adjudicado, con una vigencia mínima de ______ meses contados a
partir de la firmeza del acto de adjudicación.
10.2 No
obstante, el Contratista se compromete a mantener vigente esta garantía durante
toda la duración del presente contrato, misma que se devolverá de acuerdo con
lo que establece el cartel.
11. PRESENTACIÓN
DE LAS GARANTÍAS:
La garantía de
participación y de cumplimiento deben ser rendidas electrónicamente a través
del sistema digital unificado.
En caso de un
procedimiento de contratación en formato de expediente físico, el documento de
garantía se presentará en la ventanilla única de la Dirección Proveeduría. Para
depósitos, las cuentas bancarias son:
SECTOR
US $
DÓLARES
COLONES ¢
COSTARRICENSES
TELECOMUNICACIONES
192916-0 192915-1
ENERGÍA
164475-0 58166-6
12. VIGENCIA
DE LA GARANTÍA DE LOS BIENES O SERVICIOS (EQUIPOSMATERIALES - SERVICIOS -
OBRAS):
Los oferentes
deben garantizar que los bienes a suministrar son nuevos, de última generación
junto con todos los componentes, deberán cumplir con los diseños, operación,
capacidades y eficiencias asignados por el fabricante y cuentan con un periodo
de garantía no menor de ______, contado a partir de la fecha en que el ICE reciba
el objeto del contrato a entera satisfacción. Igualmente, en el caso de servicios
deberá garantizarse que los mismos se brindarán con la más alta calidad, eficacia,
eficiencia y por personal capacitado, según las especificaciones detallas por
la administración.
13. MODALIDAD
DE PAGO:
13.1 Los pagos
de los bienes o servicios se llevarán a cabo de la siguiente manera:
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Sin embargo, alternativamente el oferente podrá presentar otras modalidades de
pago, a lo cual el ICE se reserva el derecho de aceptar, siempre y cuando lo considere
conveniente a sus intereses.
14. FORMA DE
PAGO:
Los pagos de
los bienes o servicios se llevarán a cabo de la siguiente forma: ________________________________________________
15. ACTO
FINAL:
15.1El plazo
para dictar el acto final será el dispuesto en el cartel, que en ningún caso
podrá ser superior al doble del plazo fijado en el cartel para la recepción de ofertas.
Únicamente en casos en que medie interés público y mediante acto
debidamente motivado, se podrá prorrogar hasta por un plazo igual al dispuesto
para dictar el acto final; mismo que debe incorporarse en el sistema digital
unificado o expediente físico según corresponda, conforme dispone el artículo
70 del Reglamento al Título II de la Ley N°8660.
16. CLAÚSULA PENAL O MULTAS:
16.1 Conforme a
los artículos 41, 42 y 43 del Reglamento al Título II de la Ley 8660, la
Administración podrá establecer en el cartel , el pago de multas por defectos
en la ejecución del contrato o cláusulas penales por ejecución tardía o prematura
de las obligaciones contractuales, según corresponda, considerando para ello, aspectos
tales como, el monto, plazo, riesgo, repercusiones de un eventual incumplimiento
para el servicio que se brinde o para el interés público y la posibilidad de
incumplimientos parciales o por líneas.
Si existiera atraso en la entrega del suministro o la prestación del
servicio de acuerdo con las condiciones del contrato, el contratista deberá
pagar al ICE por concepto de cláusula penal____% (indicar porcentaje de 0,6%, 0,5%
o 0,4% según corresponda) según lo indicado en el Anexo N°. 1 por cada día
natural de atraso del valor de la parte incumplida.
16.2 Igualmente
si existe una defectuosa ejecución del objeto contratado, el contratista deberá
pagar al ICE por concepto de multa la suma de 0,5% por cada día natural de
atraso del valor de la parte incumplida.
16.3 El valor
porcentual de la sanción será como máximo el 25% del monto total del contrato
incluidas sus modificaciones.
16.4 En caso de
que el objeto esté compuesto por líneas distintas, el monto máximo para el cobo
de multas se considerará sobre el valor de cada una y no sobre la totalidad del
contrato, siempre que el incumplimiento de una línea no afecte el resto de las
obligaciones.
16.5 El cobro
de las multas y/o cláusula penal podrá hacerse con cargo a las retenciones del
precio, que se hubieran practicado y los saldos pendientes de pago. En caso de
que ninguna de esas dos alternativas resulte viable, se podrá ejecutar la
garantía de cumplimiento hasta por el monto respectivo. Todo lo anterior con arreglo
a criterios de proporcionalidad y razonabilidad.
16.6 Se hará
acreedor de cobro por concepto de multa, el contratista que incurra en los
siguientes supuestos: (las áreas técnicas llenar este punto, dependiendo el objeto
a contratar)
16.7 Se hará
acreedor del cobro por concepto de clausula penal, el contratista que: (las
áreas técnicas llenar este punto, dependiendo el objeto a contratar).
16.8 A efectos
de fundamentar técnicamente el cobro, se deberá completar y anexar al sistema
digital unificado la TABLA ESTIMACION CLAUSULA PENAL.
16.9 El
Administrador del contrato no gestionará el cobro de multa y/o cláusula penal,
únicamente en el caso de que el incumplimiento del contratista obedezca a motivos
de caso fortuito, fuerza mayor o culpa de la Administración debidamente comprobadas.
17. SISTEMA DE
VALORACIÓN Y COMPARACIÓN:
17.1 Se podrá
utilizar el sistema de evaluación cien por ciento (100%) precio o en dos
etapas.
En caso del sistema de dos etapas, se evaluarán aquellos aspectos
ponderables no obligatorios. Aquellas ofertas que tengan una calificación
superior al ____ %, pasarán a la segunda etapa, la cual se definirá por el
menor precio.
El ICE podrá utilizar otro sistema de valoración, según criterio de la
Proveeduría.
18.
FINANCIAMIENTO: CRÉDITO AL PROVEEDOR (Indicar si aplica): ______ Para financiar la adquisición de los bienes y/o
servicios asociados de esta contratación, el proveedor deberá suministrar una
propuesta de financiamiento de unidades completas que corresponde a___que
representa un porcentaje de___ del monto total estimado y a un plazo de___años.
(Datos a determinar según sea la contratación). Para la evaluación de las
ofertas, además del costo total de los equipos y servicios, se deberá aportar la
siguiente información en forma detallada y específica:
a) Plazo
b) Forma de
pago
c) Período de
gracia
d) Tasa de
interés (fija o variable)
e) Moneda del
financiamiento
f) Amortización
(periodicidad y método de cálculo)
g) Porcentaje
de financiamiento
h) Monto total
de la oferta
i) Gastos de
Formalización y comisiones
Cada una de
estas características financieras deberá ser detallada en forma específica y no
deberán contener rangos o varias posibilidades.
Únicamente
serán objeto de valoración financiera por parte de la División de Planificación
Financiera de la Gerencia de Finanzas, aquellas ofertas que cumplan con las
condiciones obligatorias, especificaciones técnicas y legales establecidas en el presente pliego de
condiciones.
Para validar la
tasa de interés aceptable que no contravenga a los intereses institucionales,
el ICE procederá a buscar hasta cinco cotizaciones de entidades financieras que
le permitan obtener un promedio de tasas de interés de mercado que sirva de
parámetro para aprobar la tasa de interés que se le acepte al proveedor cobrar.
Para que una
propuesta con tasa de interés fija obtenga un dictamen financiero positivo, la
tasa de interés cotizada por el oferente no debe sobrepasar la tasa promedio de
referencia antes indicada.
Para la
valoración de la propuesta de financiamiento que incluya tasas variables, se tomará
como referencia la tasa "forward" correspondiente disponible en Bloomberg, a
efecto de proyectar los pagos por intereses. En los períodos en que la tasa de referencia
cotizada por el oferente exceda la tasa techo, también cotizada por éste, se
aplicará esta última.
En caso de
presentarse una oferta de financiamiento con una tasa de interés variable, el
oferente debe cotizar también una tasa techo, la cual será la tasa máxima que
pagar.
El ICE se
reserva el derecho de:
a) Declarar
desierto o bien infructuoso este proceso de contratación; este último supuesto,
en el caso que ninguna de las ofertas presentadas ofrezca un financiamiento con
costos efectivos razonables respecto a los costos de financiamiento disponibles
en el mercado para proyectos y plazos de igual similitud, o al costo de capital
para proyectos de iguales características.
b) Adjudicar
total o parcialmente la oferta, para lo cual se podrán utilizar recursos propios
en el caso de que sea viable asignar contenido presupuestario u otra fuente de
recurso que determine conveniente, cuando ninguna de las facilidades financieras
ofrecidas sea de interés institucional, en dicho caso aplicará la forma de pago
alternativa contenida en este cartel.
c) Prepagar el
saldo de la deuda con la debida justificación de respaldo, cuando sea de
interés y conveniencia para la Institución, sin asumir costos relacionados con
multas, penalizaciones, gastos incurridos, seguros, entre otros. etc.
La dependencia
promotora de la contratación deberá coordinar oportunamente las previsiones en
materia presupuestaria. Cada una de estas contrataciones, deberá contar con el
contenido presupuestario necesario para cubrir los pagos al proveedor-acreedor,
o bien al proveedor que solo se le contrate para el otorgamiento del bien o el
servicio, en el caso de tomarse la decisión de no aceptarle el financiamiento.
De asumir el
proveedor una deuda con un tercero para ofrecer el financiamiento al ICE, las
obligaciones derivadas de la suscripción del contrato de crédito entre el proveedor
y su acreedor no serán endosables al ICE y de ninguna manera podrá éste
asumirlas ante la terminación anticipada del contrato o pago por adelantado de la
deuda.
La relación
contractual de la institución es únicamente con el proveedor y las obligaciones
que se deriven para las partes serán las que se establezcan en el cartel y
contrato correspondiente.
Los pagos que
se origen del financiamiento proveedor se realizarán mediante depósito en la
cuenta bancaria indicada por el oferente para tales efectos.
19. MUESTRAS:
Para este
concurso se requieren muestras de ___________________. Las mismas deben
presentarse a más tardar un día hábil antes de la apertura de ofertas en el siguiente
lugar:___________. Debiendo presentar junto con la oferta, el comprobante
respectivo de la entrega de la muestra. A las muestras se les practicará las
siguientes pruebas, análisis, mediciones o comprobantes: _________ (Este punto
debe ser llenado por el Coordinador de Contratación Administrativa). Las
muestras serán evaluadas técnicamente por medio de la siguiente dependencia o
laboratorio: __________________. Cuando las pruebas sean realizadas por el ICE,
siempre y cuando sea factible por razones de espacio o técnicas, los oferentes podrán
solicitar su presencia en la evaluación, donde se levantará en acta los participantes,
pruebas realizadas y resultados obtenidos. Lo anterior en total apego con el
artículo N°.46 del Reglamento al Título II de la Ley 8660.
20. REAJUSTE Y
REVISIÓN DE PRECIOS:
Con el fin de
garantizar el mantenimiento del equilibrio económico del contrato, la dependencia
técnica debe indicar la fórmula de reajuste o revisión de precio en aquellos
casos que corresponda.
En contrataciones
de obra pública, cada dependencia técnica debe definir la fórmula que se
aplicada para cada contratación, ya sea para edificaciones u obras de ingeniería
civil y también establecer los índices que se deben utilizar para la aplicación
de la fórmula.
Para el caso de
los reajustes de precio en los contratos de obra pública de construcción y
mantenimiento, se debe aplicar el Reglamento publicado en La Gaceta N.º 20,
viernes 27 de enero del 2012.
En la oferta
cada oferente debe presentar estructura de precio de su oferta, estableciendo
los siguientes rubros: costos directos, costos indirectos, utilidad, e imprevistos
en caso de que correspondan, así como indicar el presupuesto detallado del
precio cotizado.
En reajustes de
tipo excepcional en dólares, el contratista deberá presentar un estudio
económico financiero y toda la prueba documental que sea necesaria para demostrar
el desequilibrio del contrato.
21. CANTIDAD DE
OFERTAS:
En el presente
concurso se aceptarán un máximo de ___ ofertas alternativas.
22. AUDIENCIA
PARA DESCUENTOS:
22.1 De
conformidad con el artículo 66 el Reglamento al Título II de la Ley N°.8660, la
Administración podrá otorgar audiencias posteriores al acto de apertura a fin
de que aquellas ofertas elegibles, tengan oportunidad de otorgar un descuento a
su propuesta. Este descuento será considerado en la calificación de las
ofertas. En cada cartel se dispondrá las reglas para la aplicación de
descuentos.
22.2 La
Proveeduría citará a los proponentes que cumplan técnica y legalmente, concediéndole
el plazo establecido en la tabla de plazos vigente comunicada por la Dirección
Proveeduría, fijándose la fecha y hora para presentar el descuento por medio
del Sistema Digital Unificado o de manera física según corresponda al tipo de
procedimiento y conforme disponga el cartel, sin que se afecten los demás términos
de la propuesta efectuada. El descuento no podrá ser mayor a la utilidad establecida
en el precio original. En caso de procesos de contratación en formato de
expediente físico, la invitación se realizará vía correo electrónico y la presentación
del descuento en Ventanilla Única de la Dirección Proveeduría.
22.3 Junto con
la mejora de precios se deberá de presentar la nueva estructura de precio y la
justificación de la disminución del precio.
22.4 En expedientes
en formato físico, el documento de descuento deberá ser presentado en sobre
cerrado siempre y cuando se realice hasta la fecha límite fijada al efecto
debidamente identificado con la siguiente leyenda:
Oferta de
descuento:
Indicar el
número del procedimiento) _____
Fecha de
presentación____
Nombre del
oferente ____
22.5 Tratándose
de expedientes en formato físico, en la apertura de descuentos estarán
presentes: el Coordinador de Contratación Administrativa, un representante de
la Proveeduría y el representante del oferente.
22.6 El
representante de la Proveeduría levantará un acta donde se anotará la lista de
participantes en el acto presencial y el nombre de la empresa que representa.
22.7 Se firmará
el acta de descuento por los participantes del ICE y por aquellos representantes
de las compañías directamente interesados que así lo soliciten.
22.8 El
descuento debe estar exento de condicionamientos para que sea sujeto de aceptación.
22.9 No se
aceptarán propuestas de descuento que no hubiesen sido presentadas en la
audiencia fijada por la Proveeduría del ICE al efecto.
22.10 El
oferente que ofrezca descuentos o mejoras en los precios, deberá incorporar la
estructura del precio descontado, considerando todos los elementos que los
componen, además de la estructura del precio sin descuento, asimismo en caso de
presentar una mejora del precio, deberá justificar la disminución del precio.
22.11 La mejora
aplica sobre el subtotal del precio, sin considerar impuestos de ninguna clase.
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