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 Normativa >> Reglamento municipal 013 >> Fecha 29/07/2024 >> Articulo 2
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Normativa - Reglamento municipal 013 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º-Definiciones. Para la interpretación y aplicación de este reglamento, se tienen en cuenta las siguientes definiciones:

2.1. Actividades académicas extracurriculares: corresponde a las actividades que no pertenecen a un plan de estudios o no están incluidas en él, como por ejemplo olimpiadas o competencias nacionales e internacionales en áreas académicas de la Matemática, Física, Química, Robótica; u otras de similar naturaleza a criterio de la comisión encargada.

2.2. Subvención: concesión de subsidio económico efectuado por la Municipalidad, sin contraprestación alguna de bienes, servicios o derechos; para coadyuvar o contribuir en el desarrollo deportivo, cultural, artístico y académico, de personas vecinas del cantón de Sarchí.

2.3. Comisión: Comisión Municipal permanente de asuntos culturales, según regulación del artículo 49 del Código Municipal.

2.4. Concejo: Concejo Municipal de la Municipalidad de Sarchí.

2.5. Municipalidad: Municipalidad de Sarchí.

2.6. Persona subvencionada: persona vecina del cantón de Sarchí a quien se le aprueba una subvención.

2.7. Remanente: corresponde al recurso no utilizado de la subvención otorgada, una vez alcanzada la finalidad para la cual se aprobó.

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