Artículo 3º-Modalidad. Con base en
el presente reglamento, la Municipalidad otorgará subvenciones consistentes en
dinero. Cada subvención que se apruebe no podrá superar la cuarta parte del
salario del puesto Auxiliar Municipal 1, de conformidad con la columna salarial
global vigente en la Municipalidad para el momento de la solicitud.
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