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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 44579 >> Fecha 05/07/2024 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 44579 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2°-0bjetivos. Los objetivos de este Reglamento son:

1.Contar con un reglamento interno que garantice condiciones de respeto para quienes laboran en el Ministerio de Gobernación y Policía, personal administrativo, policial, técnico y personas que presten o reciben servicios de este Ministerio y sus instituciones adscritas, por medio de una política interna que prevenga. desaliente, evite, investigue, sancione las conductas de hostigamiento sexual y garantice un clima organizacional fundamentado en los principios constitucionales de respeto a la libertad, el trabajo, la igualdad y la no discriminación.

2. Establecer un procedimiento único, adecuado y efectivo con fundamento en el artículo 5° de la Ley contra el Hostigamiento o Acoso Sexual en el Empleo y la Docencia, Ley Nº 7476, mediante el cual se permita la investigación y la garantía de confidencialidad de las denuncias y la sanción a las personas hostigadoras cuando exista motivo comprobado para ello.

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