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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 44579 >> Fecha 05/07/2024 >> Articulo 31
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Normativa - Decreto Ejecutivo 44579 - Articulo 31
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Artículo 31
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Artículo 31.-Causales de Despido de la Persona Denunciante. La persona que haya formulado una denuncia de hostigamiento o acoso sexual, solo podrá ser despedida por causa justificada, originada en falta grave a los deberes derivados del contrato laboral, conforme a las causas establecidas en el artículo 81 del Código de Trabajo.

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