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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 44579 >> Fecha 05/07/2024 >> Articulo 33
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Normativa - Decreto Ejecutivo 44579 - Articulo 33
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Artículo 33
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CAPÍTULO V

Disposiciones Finales

Artículo 33.-Plazo para Interponer la Denuncia. El plazo máximo para interponer la denuncia será de ocho años y se computará a partir del último hecho consecuencia del hostigamiento sexual o a partir de que cesó la causa justificada que le impidió denunciar. En el caso de las personas menores de edad, este plazo se computará a partir del momento en el que alcancen la mayoría de edad.

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