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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 44739 >> Fecha 02/10/2024 >> Articulo 19
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Normativa - Decreto Ejecutivo 44739 - Articulo 19
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Artículo 19
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Artículo 19.- Del rechazo del mensaje de confirmación por parte de la Administración Tributaria. Cuando el comprobante electrónico es rechazado por la Administración Tributaria, aquel carecerá de validez y el emisor debe emitir de forma inmediata un nuevo comprobante, en el que se indique cuál es el comprobante que se está sustituyendo. Una vez generado el nuevo comprobante, será remitido automáticamente al receptor. Para efectos tributarios no debe realizarse la respectiva nota de crédito.

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