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 Normativa >> Ley 10603 >> Fecha 15/11/2024 >> Articulo 2
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Normativa - Ley 10603 - Articulo 2
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Artículo 2
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ARTÍCULO 2- Se adiciona un inciso d) al artículo 130 de la Ley 7739, Código de la Niñez y la Adolescencia, del 6 de enero de 1998. El texto es el siguiente:

Artículo 130- Causas para medidas de protección.

Las medidas de protección a las personas menores de edad serán aplicables siempre que los derechos reconocidos en este Código sean amenazados o violados por una de las siguientes causas:

a) Acción u omisión de la sociedad o el Estado.

b) Falta, omisión o abuso de los padres, tutores, encargados o responsables.

c) Acciones u omisiones contra sí mismos.

d) Se encuentren en una relación impropia o en otras situaciones de riesgo de violencia y desprotección.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los quince días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro.

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