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CAPITULO IV
De la declaración, determinación y
pago del impuesto.
ARTÍCULO 7°.-Declaración del impuesto. Los contribuyentes deben
liquidar y pagar el impuesto en los formularios que les proporcionar la Administración Tributaria;
la falta de tales formularios no los libera de la obligación de pagar el
tributo y los recargos por no presentación o mora que corresponda.
La declaración jurada mensual del impuesto debe ser presentada
y pagada dentro de los diez primeros días del mes siguiente a aquel al que se
refiere la declaración.
Los contribuyentes que tengan varios establecimientos, presentan
una sola declaración, que comprenda la totalidad de los ingresos obtenidos, y
el impuesto a las mesas de juego.
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