CAPITULO III
Del Ministerio de Planificaci¢n Nacional y Pol¡tica
Econ¢mica
ARTÖCULO 4§.-Corresponder a MIDEPLAN:
a) Proponer al Presidente de la Rep£blica la pol¡tica nacional
para el
desarrollo regional en concordancia con las pol¡ticas generales
del
Gobierno espec¡ficamente
con lo estipulado sobre el particular,
en el
Plan Nacional de Desarrollo.
b) Proponer medidas de pol¡tica
econ¢mico-social para el
desarrollo de
las regiones.
c) Coordinar y participar con los Comit‚s
Sectoriales
Regionales en la
colaboraci¢n de los diagn¢sticos regionales para los sectores
prioritarios, como en la formulaci¢n
de los Planes, de Desarrollo
Regional.
ch) Impulsar la ejecuci¢n
de los planes, programas y proyectos
regionales de desarrollo y evaluar sus resultados,
todo en
concordancia
con la estrategia de Plan Nacional de Desarrollo y
las pol¡ticas
general
del Gobierno.
d) Garantizar la compatibilidad e integraci¢n
necesaria de los
planes
sectoriales con los respectivos planes regionales
para asegurar
que la
ejecuci¢n de los
programas, proyectos y actividades sectoriales,
est‚n
acordes con las necesidades regionales.
e) Participar en la identificaci¢n de las
necesidades y
prioridades de
inversi¢n p£blica con base en las caracter¡sticas
socioecon¢micas
de las
regiones de conformidad con las previsiones y
prioridades
establecidas
en, el Plan Nacional de Desarrollo y de acuerdo con
los
respectivos
planes sectoriales.
f) Recomendar los programas y proyectos de cooperaci¢n
t‚cnica
y
financiera internacionales que se estimen
necesarios para
impulsar el
desarrollo regional.
g) Recomendar a quien corresponda, la adopci¢n de
los criterios
y
acciones de integraci¢n
de la pol¡tica regional y pol¡tica
administrativa
definida por el Gobierno, y
h) Velar por el buen funcionamiento del Subsistema, mediante
la
adopci¢n de las medidas y
mecanismos de coordinaci¢n, asesor¡a,
control y
evaluaci¢n que fueren
pertinentes.