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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 18166 >> Fecha 25/05/1988 >> Articulo 3
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<<     Artículo 3     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 18166 - Articulo 3
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Artículo 3    (No vigente*)
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Artículo 3°-La COPOIN se reunirá ordinariamente, convocada por el Ministro de Ciencia y Tecnología. cada seis meses. Extraordinariamente cuando el Ministro lo considere conveniente. o por petición de tres o más de sus miembros. al considerar que algún tema debe ser sometido con prontitud a análisis. '

El "modus-operandi" de las sesiones será el que dispone la Ley General de la Administración Pública en sus artículos 49 y concordantes.

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