Artículo 3°-La COPOIN se reunirá
ordinariamente, convocada por el Ministro de Ciencia y Tecnología. cada seis
meses. Extraordinariamente cuando el Ministro lo considere conveniente. o por
petición de tres o más de sus miembros. al considerar que algún tema debe ser
sometido con prontitud a análisis. '
El "modus-operandi" de las
sesiones será el que dispone la Ley General de la Administración Pública en
sus artículos 49 y concordantes.
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