ARTICULO
35.-La Municipalidad de Alajuela destinará los excedentes provenientes de
la tasa que se cobra de la plaza de ganado de Montecillos para la ejecución de
obras en las comunidades. Los
recursos se distribuirán en forma equitativa
entre los distritos del cantón, y podrán trasladarse a las asociaciones de
desarrollo para la ejecución de las obras. Las obras por ejecutar serán
determinadas en conjunto por el síndico y los regidores que representen a cada
distrito. Esta disposición deroga las anteriores en lo que se le opongan.
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