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ARTICULO 17.-
Clasificación en los entes gravados. (Derogado
por el título II aparte 18) de la ley de
Fortalecimiento de las finanzas
públicas, N° 9635 del 3 de diciembre
de 2018)
(Nota:
véase la ley No.7722 de 9 de diciembre de 1997, que adiciona el presente
artículo, al sujetar a las instituciones y empresas públicas que señala, al
impuesto sobre la renta)
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