Artículo 59 bis.- Tarifas en casos de desequilibrio por ingreso de capital externo. (Derogado por el artículo 38 del título IV de la Ley
de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, N° 9635 del 3 de diciembre de 2018)
(La adición
practicada a este artículo por el artículo 1° de la Ley para desincentivar
el ingreso de Capitales Externos, N° 9227 del 5 de mayo de 2014), posteriormente
fue derogada por el título
II aparte 18) sub aparte e)
de la ley de Fortalecimiento de las finanzas públicas, N° 9635 del 3
de diciembre de 2018)
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