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 Normativa >> Ley 7092 >> Fecha 21/04/1988 >> Articulo 6
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<<     Artículo 6
Normativa - Ley 7092 - Articulo 6
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Artículo 6    Tipo: Transitorio
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Transitorio VI- Para el cumplimiento de lo dispuesto en el inciso a) del artículo 2, referente a la declaración informativa de las sociedades inactivas, estas contarán con una prórroga de tres meses a partir de la entrada en vigencia de la presente ley.

(Así adicionado por el artículo 2° de la ley N° 10160 del 11 de marzo del 2022 "Ley de simplificación de trámites tributarios para personas jurídicas sin actividad lucrativa")

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