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 Normativa >> Ley 7092 >> Fecha 21/04/1988 >> Articulo 70
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Normativa - Ley 7092 - Articulo 70
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Artículo 70
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70

ARTICULO 70.-El desarrollo forestal. Las normas que regulan el fomento para el desarrollo forestal en materias tributarias, incluidas en la ley Nº 7032 del 2 de mayo de 1986 y sus reformas, no se alterarán en modo alguno con la emisión de la presente ley.

 

(Así modificada su numeración por el artículo 1º de ley No. 7551 de 22 de setiembre de 1995, que la traspasó del antiguo 65 al actual)

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