83
CAPITULO XXXII
Reglamentación
(Así
modificada su numeración por el artículo 3 de la Ley de Ajuste Tributario
No.7543 del 14 de setiembre de 1995, que lo traspasó del XXX al XXXI)
(Así
modificada su numeración por el artículo 1º de ley No.7551 del 22 de setiembre
de 1995, del antiguo XXXI al actual)
ARTICULO 83.-Normas
reglamentarias. El Poder Ejecutivo deberá reglamentar la presente ley en el
plazo de ciento veinte días.
(Así
modificada su numeración por el artículo 3 de la Ley de Ajuste Tributario No.
7543 de 14 de setiembre de 1995, que lo traspasó del antiguo artículo 68 al 78)
(Así
modificada su numeración por el artículo 1º de ley No. 7551 de 22 de setiembre
de 1995, que la traspasó del antiguo 78 al actual)
|