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 Normativa >> Ley 6076 >> Fecha 08/08/1977 >> Articulo 2
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Normativa - Ley 6076 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º.- Durante la prórroga, la Junta Directiva y el Comité de

Vigilancia continuarán integrados como lo dispone la ley Nº 3293, para la

segunda mitad del plazo social original.

Se establece la auditoría externa de la Contraloría General de la

República para la empresa Radiográfica Costarricense S. A.

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