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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 19049 >> Fecha 20/06/1989 >> Articulo 7
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Normativa - Decreto Ejecutivo 19049 - Articulo 7
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CAPITULO III

De la responsabilidad en materia de basuras

Artículo 7º.- El servicio de recolección, acarreo y disposición de

basuras, estará a cargo de las municipalidades, la cuales podrán realizar

por administración o mediante contratos con empresas o particulares, que

se otorgarán de acuerdo con las formalidades legales y que requieran para

su validez la aprobación del Ministerio.

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