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Artículo 2- Requisitos
y condiciones para las empresas bajo la categoría c) del artículo 17 de la
presente ley
Las empresas que deseen
obtener el régimen de zonas francas bajo la categoría c) del artículo 17 de la presente
ley, además de ajustarse a los requisitos contemplados por ella, deberán
cumplir con los parámetros establecidos en el Índice de Elegibilidad
Estratégica para las Empresas de Servicios (IEES), cuya definición y desarrollo
se especificaran en el reglamento de la presente ley.
Para formular el IEES,
el Ministerio de Comercio Exterior y el Ministerio de Hacienda tormarán en consideración, al menos, los siguientes
parámetros la naturaleza estratégica de la actividad de la empresa; los
encadenamientos de empresas de servicios con empresas de los sectores
estratégicos definidos de conformidad con el artículo 21 bis de la presente
ley; y el valor monetario anual del total de las remuneraciones pagadas a los
empleados de la empresa de servicios; el valor monetario de la inversión nueva
en activos fijos que Ia empresa de servicios se
compromete a realizar; y un parámetro de flexibilización para facilitar el
ingreso al régimen, aplicable solo a las empresas que se instalen fuera de la
GAM.
El parámetro de la naturaleza
estratégica de la actividad de la empresa
será definido por la comisión especial establecida en el inciso a) del artículo
21 bis de la presente ley.
El cumplimiento del
IEES por parte de las empresas de servicios se constituye en un requisito de ingreso
y permanencia en el régimen y su incumplimiento será sancionado de conformidad
con lo establecido en el artículo 32 de la presente ley.
(Así adicionado por el artículo 2° de la ley N° 9689 del 24 de mayo de
2019, "Asegurar el cumplimiento de los estándares internacionales
establecidos por la organización para la cooperación y el desarrollo económicos
(OCDE) en el marco inclusivo del plan de acción de lucha contra la erosión de
la base imponible y traslado de beneficios (BEPS, "ACCIÓN
5"))
(Así
reformado por el artículo 3° de la Ley
de fortalecimiento de la competitividad territorial para promover la atracción
de inversiones fuera de la Gran Área Metropolitana (GAM), N° 10234 del 4 de
mayo del 2022)
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