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 Normativa >> Ley 7210 >> Fecha 23/11/1990 >> Articulo 2
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Normativa - Ley 7210 - Articulo 2
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Artículo 2    Tipo: Transitorio
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TRANSITORIO II.- La Corporación (*) queda autorizada para administrar las Zonas Francas de Moín, en Limón y Santa Rosa, en Puntarenas, mientras no se logre otorgar en concesión la administración de éstas.

(*) (Nota:  Estas facultades y deberes corresponden ahora a la Promotora de Comercio Exterior PROCOMER, según el artículo 13, inciso a), de la Nº 7638 de 30 de octubre de 1996)

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