15
Artículo 15.- El Tesorero custodiará todos los dineros y valores del
Instituto y será responsable ante el Consejo de su correcto manejo y
administración. El Auditor tendrá a su cargo el contralor e intervención
de libros y cajas, tanto de la Tesorería como de toda la contabilidad del
Instituto, y podrá hacer arqueos y auditorajes en el momento que lo
juzgue conveniente.
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