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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 2235 >> Fecha 14/02/1972 >> Articulo 10
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Normativa - Decreto Ejecutivo 2235 - Articulo 10
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Artículo 10
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10

CAPITULO IV

Del Régimen Disciplinario y del Tribunal de la Carrera Docente

Sanciones disciplinarias ARTICULO 10.-

Ningún miembro protegido por la Carrera Docente, podrá ser sancionado ni despedido, si no es por los motivos y de acuerdo con los procedimientos establecidos por el Título Segundo del Estatuto y las disposiciones del presente Capítulo.

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