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 Normativa >> Ley 2248 >> Fecha 05/09/1958 >> Articulo 19
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Normativa - Ley 2248 - Articulo 19
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Artículo 19
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Artículo 19.- Independencia del Fondo. El Fondo de Capitalización aquí creado es independiente del patrimonio de la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional y se declara inembargable.

La Junta mantendrá ese Fondo separado, física y contablemente, tanto de su propio patrimonio como del Fondo Especial de Administración, mencionado en el artículo 106 de esta ley y separado también de cualquier otra cuenta o fondo que se establezca en el futuro.

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