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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 22105 >> Fecha 15/03/1993 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 22105 - Articulo 4
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Artículo 4    (No vigente*)
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Artículo 4°-Para asegurar la continuidad del Proyecto, el Instituto Costarricense de Electricidad se encargará de coordinar en forma permanente los trabajos de la Comisión , mediante una Secretaría Ejecutiva y un núcleo idóneo de personal técnico de las instituciones que la forman. Asimismo podrá participar el CEAC en la definición del proyecto, aprovechando sus recursos y organización.

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