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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 22105 >> Fecha 15/03/1993 >> Articulo 5
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Normativa - Decreto Ejecutivo 22105 - Articulo 5
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Artículo 5    (No vigente*)
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Artículo 5°-La Comisión deberá rendir al Presidente de la República , dentro de los próximos seis meses a partir de la publicación, un informe que detalle el avance logrado y la propuesta formal para ejecutar el proyecto.

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