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 Normativa >> Ley 7169 >> Fecha 26/06/1990 >> Articulo 36
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Normativa - Ley 7169 - Articulo 36
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CAPITULO II

Contrato de Incentivos para la

Promoción y el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología

ARTICULO 36.- Créase el contrato de incentivos para la promoción y

el desarrollo de la ciencia y la tecnología, en adelante denominado

Contrato, como el instrumento para otorgar los beneficios que esta ley

dispone para las empresas productivas de bienes y servicios, públicas o

privadas, contratos que deberán suscribirse de acuerdo con lo que

disponen el artículo 38 de esta ley y su reglamento. Quedan excluidos de

este contrato los incentivos del régimen de Promoción del Investigador,

los que darán lugar a la suscripción de un contrato con el Consejo

Nacional para la Investigación Científica y Tecnológica (CONICIT),

conforme con el artículo 44 de esta ley y su reglamento.

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