55
Artículo 55.- Con el propósito de estimular la creatividad, el
espíritu investigativo, el pensamiento científico y las habilidades y
destrezas en el área científica y tecnológica en los
estudiantes, se organizará anualmente la Feria Nacional de Ciencia y Tecnología para los
ciclos III y IV de la eduación media. La organización de esta feria
estará a cargo del Ministerio de Ciencia, Tecnología y
Telecomunicaciones (MICITT)(*), el Consejo Nacional para la Investigación
Científica y Tecnológica (CONICIT) y el Ministerio de Educación Pública, con la colaboración de las instituciones
de educación superior universitaria estatal.
(*)(Modificada su denominación
por el artículo 11 de la Ley "Traslado del sector Telecomunicaciones del
Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones al Ministerio de Ciencia y
Tecnología, N° 9046 del 25 de junio de 2012)
|