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 Normativa >> Ley 7169 >> Fecha 26/06/1990 >> Articulo 17
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Normativa - Ley 7169 - Articulo 17
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Artículo 17
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17

Artículo 17- Este Plan será parte integrante del Plan Nacional de Desarrollo y, con fundamento en sus lineamientos de desarrollo socioeconómico, contendrá los objetivos, las políticas, las estrategias y los planes de acción traducidos en proyectos específicos para el período en cuestión.

(Así reformado por el artículo 23 de la Ley de Creación de la Promotora Costarricense de Innovación e Investigación, ley N° 9971 del 11 de mayo del 2021)

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