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Artículo 26- Le corresponderá al Ministerio de
Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (Micitt) la administración y la organización
del citado sistema.
(Así
reformado por el artículo 23 de la Ley de
Creación de la Promotora Costarricense de Innovación e
Investigación, ley N° 9971 del 11 de mayo del 2021)
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