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 Normativa >> Ley 7169 >> Fecha 26/06/1990 >> Articulo 33
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Normativa - Ley 7169 - Articulo 33
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Artículo 33
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33

Artículo 33- Las comisiones estarán integradas por personal técnico especializado de la Promotora y, de ser necesario, por expertos externos a la institución.

(Así reformado por el artículo 23 de la Ley de Creación de la Promotora Costarricense de Innovación e Investigación, ley N° 9971 del 11 de mayo del 2021)

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