Buscar:
 Normativa >> Ley 7169 >> Fecha 26/06/1990 >> Articulo 12
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 12     >>
Normativa - Ley 7169 - Articulo 12
Ir al final de los resultados
Artículo 12
Versión del artículo: 1  de 2
Siguiente
12

ARTICULO 12.- Sin perjuicio de la autonomía que les otorga el

artículo 84 de la Constitución Política, las universidades estatales

forman parte del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología únicamente para

que participen en sus deliberaciones, con el objeto de que, por medio de

los mecanismos legalmente pertinentes, se pueda lograr la necesaria

coordinación con ellas.

Ir al inicio de los resultados