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 Normativa >> Ley 7169 >> Fecha 26/06/1990 >> Articulo 91
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Normativa - Ley 7169 - Articulo 91
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Artículo 91
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ARTICULO 91.- Anualmente se establecerá, por parte del Ministerio de

Ciencia y Tecnología (MICIT), con la recomendación de la Comisión de

Incentivos, el apoyo financiero que se le dará a las empresas que

promuevan los parques tecnológicos en el marco de la Ley de Zonas

Francas, con especial apoyo a aquellas que pongan en ejecución programas

de vinculación entre las universidades y las empresas de bienes y

servicios establecidas en los parques tecnológicos.

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