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 Normativa >> Ley 6289 >> Fecha 04/12/1978 >> Articulo 3
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Normativa - Ley 6289 - Articulo 3
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Artículo 3
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3

Artículo 3º.- el ámbito de aplicación de la presente ley comprende,

básicamente, las semillas de aquellas especies de utilidad para el

hombre. Para los fines de esta ley, "el sector semillas", estará

constituido por las entidades estatales, mixtas o privadas, cuyo ámbito

de operación se establece en el presente artículo.

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