Buscar:
 Normativa >> Ley 7052 >> Fecha 13/11/1986 >> Articulo 2
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 2     >>
Normativa - Ley 7052 - Articulo 2
Ir al final de los resultados
Artículo 2
Versión del artículo: 1  de 1
2

Artículo 2º.- El Sistema Financiero Nacional para la Vivienda estará

integrado por el Banco Hipotecario de la Vivienda, como ente rector, y

por las entidades autorizadas previstas en esta ley.

Ir al inicio de los resultados