94
Artículo 100.- DEROGADO.
(Derogado
por el artículo 164 de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, Nº 7558
de 3 de noviembre de 1995)
(Así modificada su
numeración por el artículo único de la ley N° 9779 del 12 de noviembre del
2019, que la traspasó del antiguo artículo 94 al 100)
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