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 Normativa >> Ley 7052 >> Fecha 13/11/1986 >> Articulo 113
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Normativa - Ley 7052 - Articulo 113
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Artículo 113
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107

Artículo 113.- Cada préstamo hipotecario que otorguen las entidades autorizadas podrá contar con un compromiso de garantía hipotecaria emitido por el Banco, denominado garantía F.H.A. (Fomento de Hipotecas Aseguradas).

( Así reformado por el artículo 23 de la ley No. 7107 del 4 de noviembre de 1990 ).

(Así modificada su numeración por el artículo único de la ley N° 9779 del 12 de noviembre del 2019, que la traspasó del antiguo artículo 107 al 113)

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