Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 16930 >> Fecha 05/03/1986 >> Articulo 16
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 16     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 16930 - Articulo 16
Ir al final de los resultados
Artículo 16
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 16.-Créase el Comité de Becas del Ministerio de la forma siguiente:

 

a) El Director Administrativo;

b) El Jefe de Personal;

c) El Jefe del Departamento de Capacitación;

d) Un Director de División, quien será designado por el Ministro; y

e) Un representante de los funcionarios, quien será designado por la Asociación de Profesionales del Ministerio.

Ir al inicio de los resultados