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 Normativa >> Ley 3663 >> Fecha 10/01/1966 >> Articulo 7
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Normativa - Ley 3663 - Articulo 7
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Artículo 7
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7

Artículo 7º.- Todo miembro asociado del Colegio Federado tiene

derecho a separarse de éste temporal o definitivamente; al hacerlo pierde

los derechos que esta ley concede.

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