37
Artículo 37.- En las asambleas ordinarias se conocerán los siguientes
asuntos:
a) Informe de su Junta Directiva.
b) Nombramiento de su Junta Directiva.
c) Nombramiento de los diez delegados ante la Asamblea de
Representantes.
d) Plan de trabajo y anteproyecto de presupuesto para hacerlos del
conocimiento de la Junta Directiva General.
e) Iniciativa de los miembros activos.
f) Cualquier otro asunto de su competencia.
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