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 Normativa >> Ley 3663 >> Fecha 10/01/1966 >> Articulo 12
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Normativa - Ley 3663 - Articulo 12
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Artículo 12    Tipo: Transitorio
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Transitorio XII.- ANULADO. (Adicionado este transitorio por el artículo 3° de la Ley Nº 5361 de 16 de octubre de 1973, posteriormente derogado por el artículo 19, numeral 45, párrafo 1) de la Ley de Presupuesto No.7097 del 18 de agosto de 1988, que no obstante recobrar vigencia según lo dispuesto por la Sala Constitucional en resolución N° 5133 de las 14:46 hrs. del 28 de mayo del 2002, al anular la disposición de la Ley N° 7097 que derogó el artículo 3° de la Ley N° 5361, aclara esta misma que, al recobrar la vigencia el texto de la norma, se anula el contenido total de este Transitorio XII, por negar a los miembros asociados las actividades propias de los miembros activos en el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos)
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