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ARTÖCULO 6§.-Traslado de funcionarios: Por acuerdo del Poder
Ejecutivo
podr disponerse del traslado de personal t‚cnico de los
ministerios y de los
dem s entes p£blicos al Ministerio de Planificaci¢n Nacional y
Pol¡tica Econ¢mica,
para cumplir funciones de apoyo en la elaboraci¢n ejecuci¢n y
evaluaci¢n
del Plan Nacional de Desarrollo y las dem s funciones t‚cnicas
que dicho
Ministerio realice. Lo establecido en el presente art¡culo se
llevar a cabo de
conformidad con las disposiciones del Decreto Ejecutivo N§
16097-PLAN de 8 de
marzo de 1985.
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