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ARTÖCULO 8§.-Organos asesores: La Direcci¢n superior contar
con los ¢rganos
asesores necesarios para el buen desempe¤o de sus funciones.
Existir un Comit‚ T‚cnico compuesto por el Viceministro,
los asesores
de la direcci¢n superior y los directores, que conocer los
asuntos que les
someta para su conocimiento el Ministro, qui‚n lo presidir .
El jefe de la Asesor¡a Jur¡dica y de cualquier otra que
designe el Ministro,
tendr rango de Director.
La Direcci¢n Superior contar con el apoyo de una Auditor¡a
Interna y la
Oficina de Prensa.
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