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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 20996 >> Fecha 06/01/1992 >> Articulo 6
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Normativa - Decreto Ejecutivo 20996 - Articulo 6
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Artículo 6    (No vigente*)
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Artículo 6°—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los seis días del mes de enero de mil novecientos noventa y dos.

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