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 Normativa >> Ley 5048 >> Fecha 09/08/1972 >> Articulo 3
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Normativa - Ley 5048 - Articulo 3
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Artículo 3
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3

Artículo 3º.- El Consejo suministrará ayuda financiera a aquellos

entes o personas que efectúen o deseen efectuar trabajos de investigación

de acuerdo con el reglamento que dicte al efecto. El Consejo no podrá

realizar por sí mismo labores de investigación.

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